Vibraciones
Movimientos de partículas o cuerpos que oscilan sincrónicamente en torno a sus posiciones de equilibrio, sin que el cuerpo cambie de lugar.
Vinculación al arrendamiento
Plazo durante el cual las viviendas promovidas para el arrendamiento o adquiridas o rehabilitadas con tal fin tienen que estar destinadas al arrendamiento
Vivienda de precio concertado (la más cara)
Los ingresos de los adquirentes no pueden exceder de 6,5 veces el IPREM y el precio no puede rebasar 1,8 veces el básico estatal, al margen del incremento que puede derivarse como consecuencia de la inclusión en ámbitos de precio máximo superior
Vivienda de precio general
Los adquirentes no pueden tener ingresos superiores a 5,5 veces el IPREM y el precio no puede exceder de 1,6 veces el básico estatal, al margen del incremento que puede derivarse como consecuencia de la inclusión en ámbitos de precio máximo superior
Vivienda de régimen especial (la más económica)
Esta destinada únicamente a adquirentes con ingresos no superiores a 2,5 veces el IPREM. Su precio no puede exceder de 1,4 veces el básico estatal, al margen del incremento que puede derivarse como consecuencia de la inclusión en ámbitos de precio máximo superior. Su entrega da lugar a la aplicación de un tipo especial del 4% en el IVA
Vivienda de renta básica
Destinada a arrendatarios con ingresos no superiores a 5,5 veces el IPREM. Dependiendo del plazo de vinculación, la renta inicial no puede superar el 5,5% (10 años) o el 3,5% (25 años) del precio de una vivienda de precio general
Vivienda de renta concertada
Destinada a arrendatarios con ingresos no superiores a 6,5 veces el IPREM. Dependiendo del plazo de vinculación, la renta
Vivienda protegida (o de protección oficial)
Vivienda que ha sido objeto de calificación (o declaración) Puede ser de promoción pública o privada. En este último supuesto, la normativa reguladora del plan vigente contempla, en función de los ingresos de los adquirentes y del precio máximo de las viviendas, tres clases distintas de vivienda de nueva construcción para adquisición (de régimen especial, de precio general y de precio concertado) y dos para arrendamiento (de renta básica y de renta concertada). Las Comunidades pueden cambiar estas denominaciones
Viviendas usadas
Son viviendas ya existentes, libres o protegidas, cuya adquisición permite la obtención de las ayudas previstas con dicha finalidad en el plan de vivienda